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¿Cómo te afecta?

La Ley Núm. 7 tiene como objetivo fundamental despojar a los empleados públicos de sus garantías fundamentales para poder privatizar la educación a través de las escuelas. Esto se fortalece con la aprobación del Proyecto de Ley que autoriza las Alianzas Público Privadas (APP), que posibilita la privatización de todas las agencias públicas.
1. Si estás matriculada en cursos para terminar tu grado de maestría o doctorado con la intención de acogerte al beneficio económico que otorga al magisterio la Ley de Carrera Magisterial, la Ley 7 lo puso en suspenso. Quiere decir que no recuperarás ningún por ciento del dinero invertido en tu mejoramiento profesional. 2. Si enseñas materias de difícil reclutamiento, como lo son los maestros de inglés, de educación especial, vocacional, de las Instituciones Juveniles y Corrección, o si trabajas en las Islas Municipios de Vieques y Culebra, dejarás de recibir el pago de diferencial por condición extraordinaria. 3. Los días que por uso y costumbre se nos han concedido, como lo son el Día del Maestro, el día después de Acción de Gracias, el Jueves Santo quedan eliminados por la Ley 7, lo que significa que trabajaremos más recibiendo el mismo salario. 4. Si ya tenías un turno en el registro de elegibles, el DE podrá contratar a otro maestro que tenga un turno posterior al tuyo porque el registro quedó suspendido. 5. Los directores escolares podrán establecer las Organizaciones Escolares sin necesidad de utilizar el criterio de antigüedad. 6. Con la Ley 7 se elimina la disposición que establece la Ley #149 de 2000 que establece que la función principal del maestro es la docencia. 7. Si eres maestro transitorio, corres el riesgo de no ser nombrado nuevamente el próximo año escolar 2009-2010. 8. Quedan congelados los aumentos de salario, bono de navidad y aportación al plan médico, entre otros beneficios marginales, durante dos años 9. Se congelan las becas de estudio que disfrutaban algunos maestros. 10. Congela el pago de exceso de licencia por enfermedad, bono de asistencia, retiro 11. Congela los pasos por años de servicio (maestros más jóvenes) 12. Congela los pasos por la Ley de Carrera Magisterial 13. Se elimina el pago de licencia por enfermedad en exceso de noventa días 14. Abre la brecha para la reducción de plazas. Esto se ve igualmente planteado en la Carta Circular 27-2008-2009 15. Los derechos (traslados, reubicaciones, etc.) y la otorgación de probatorios y permanencias se dejan sin efecto durante dos años. 16. Pueden cambiar funciones o tareas de una manera arbitraria y atropellante. 17. Otorga amplios poderes a la gerencia y administradores porque elimina toda limitación existente. 18. Suspende el principio de antigüedad para facilitar transacciones de personal que no necesariamente estén sustentadas o justificadas por el principio de mérito. 19. Elimina todo tipo de procedimientos para la resolución de conflictos, como lo es el arbitraje, en caso de controversias con el patrono. Te niega el derecho de presentar querellas. 20. Congela los reglamentos, políticas, certificaciones, circulares, entre otros, que provea para una licencia con paga 21. Congela los pagos concurrentes de SINOT”, “Fondo del Seguro del Estado”, “ACAA” 22. Prohíbe la negociación de Convenios Colectivos. 23. Se le brinda poderes casi absolutos a los superintendentes y directores regionales para realizar las transacciones de personal y determinar las organizaciones escolares, todo esto en violación a la Ley 149.
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